Se requiere la opinión de la consultora acerca de los siguientes puntos:
- Cambio de naturaleza jurídica de bienes comunes de uso común a bienes comunes de uso exclusivo de una unidad.
- ¿Es posible cambiar la naturaleza jurídica de bienes comunes de uso común a bienes comunes de uso exclusivo de una unidad?
- ¿Es necesaria una contraprestación económica?
- ¿Es necesario reformar el plano y Reglamento de Copropiedad?
- Cambio de naturaleza de bienes comunes que pasan a ser bienes propios.
- ¿Es posible que bienes comunes pasen a ser bienes propios?
- ¿Cuál sería la naturaleza del negocio (compraventa)?
- ¿Es necesaria una contraprestación económica?
- ¿Quiénes serían las partes involucradas y cuáles serían las contraprestaciones?
- ¿Es necesario reformar el plano y Reglamento de Copropiedad?
- Cambio de naturaleza de bienes propios que pasan a ser bienes comunes sea de uso exclusivo o de uso común
- ¿Es posible cambiar la naturaleza de un bien propio a un bien común?
- ¿Es posible obtener una contraprestación económica por dicho cambio de naturaleza?
- ¿Cuál sería la naturaleza del negocio?
- ¿Quiénes serían las partes involucradas y cuáles serían las contraprestaciones?
- ¿Es necesario reformar el plano y Reglamento de Copropiedad?
- ¿Es posible en un reglamento la existencia de dos administraciones separadas? Y en caso que no sea posible, de qué forma se puede establecer un mecanismo - régimen de funcionamiento totalmente independiente de las unidades.
- ¿Para qué casos es necesaria la unanimidad de votos en PPHH?